Las esquelas de citación están llegando de manera masiva a personas naturales con el objetivo de fiscalizar supuestas inconsistencias en las DJ de los años 2016, 2017 y 2018 con relación a sus rentas de fuente extranjera.
LEER MASBlog Tributario: Tribunal Fiscal establece como criterio de observancia obligatoria que la participación repartida a un asociado persona natural o persona jurídica no domiciliada de un Contrato de Asociación en Participación está sujeta al Impuesto a la Renta de segunda categoría con una tasa de 5% como dividendos. Antes de este criterio la práctica generalizada era la de considerarla una renta de tercera categoría. Por el contrario, no se pronuncia sobre el tratamiento aplicable al Asociante.
SUNAT posterga la obligación de emitir comprobantes electrónicos.